Por Gabriel Sánchez, responsable del Área Jurídica de SMartIb en Sevilla.
Las Cooperativas de Impulso Empresarial encuentran su antecedente más inmediato en las Cooperativas de actividad y de empleo de Francia y Bélgica. En Francia, durante los años 80 y tras el convencimiento de que inyectar o invertir dinero público en la creación de nuevas empresas en forma de ayuda o subvención no era sinónimo de éxito – más del 60% de estas nuevas empresas no superaban el primer año de vida-, focalizaron sus esfuerzos en un ambicioso estudio desarrollado por multitud de expertos. A partir de esta investigación, se apostó por un nuevo tipo de ayuda al emprendimiento individual o colectivo y de la misma surgió una nueva modalidad de entender y hacer empresa; en definitiva, esta original manera de impulsar proyectos profesionales.
Lo cierto es que convertirse en empresario supone un verdadero aprendizaje y en sí mismo, un oficio.
El tipo de sociedad que emerge fruto del citado estudio constituye una herramienta por un lado innovadora –como entidad que pretende estar al servicio de nuevos emprendedores, así como facilitar y promover la creación de empresas, a la vez que forma e instruye a esos emprendedores para poder gestionarlas-; y por otro lado, compleja, pues, ¿cómo se puede acometer el acompañamiento de una empresa que aún no es “empresa” y de una actividad multidisciplinar en el seno de la sociedad?
Esta modalidad cooperativa también brinda un marco empresarial para emprender con autonomía una actividad en un marco de aprendizaje a escala real, mutualizando, además, el riesgo empresarial que dicha actividad lleva aparejada. La cooperativa, como estructura colectiva, se encarga de la gestión de la actividad y de la realización del conjunto de trámites administrativos, jurídicos o sociales inherentes a la actividad profesional del socio. Por esta labor de acompañamiento y gestión, el emprendedor contribuye con el porcentaje sobre el volumen de negocio que estatutariamente se define.
Se trata de un riesgo controlado, de saltar con paracaídas al voraz mercado profesional mediante una cobertura estructural y de servicios comunes que allanan, sobremanera, la puesta en escena y materialización de proyectos profesionales y, en definitiva, ayudan a “emprender en red”.
Esta nueva forma de sociedad y de emprendimiento constituye el escenario que permite ejercer de forma libre y flexible actividades de diversa índole:
- Como rampa de lanzamiento y afianzamiento de proyectos: nacimiento y asentamiento profesional.
- Facilitadora de una estructura flexible y estable a proyectos medianamente “duraderos o perdurables”.
Entre las ventajas que puede arrojar la estructura colectiva que conforma la cooperativa, podemos destacar:
- Servicios mutualizados: dirección, apoyo, gestión e info-asesoramiento por parte de cualificados asesores.
- Ahorro de constitución “ad hoc” de una entidad independiente, ya sea a modo de empresario individual o colectivo, con el consiguiente dispendio burocrático y económico que ello conllevaría.
- Solvencia y respaldo empresarial que redunda en un plus de competitividad, de manera que los emprendedores asociados pueden apoyarse en las cuentas de la cooperativa de cara a negociar con proveedores, acudir a licitaciones, concursos, etc., lo que resulta importante a la hora de suscribir contratos, obtener licencias y/o autorizaciones.
- Herramientas técnicas de auto-gestión: “Lo colectivo al servicio del individuo, y el individuo al servicio de lo colectivo”.
- Ruptura del aislamiento. Se posibilita que surjan sinergias, la colaboración y la cooperación. Se facilita la interrelación entre emprendedores, mediante la organización de encuentros, eventos, ferias, se favorece el tejido de redes comerciales.
- Vertebración territorial, pues se suele trabajar con emprendedores del territorio y se fomenta la ocupación en sectores de población con especiales dificultades para el acceso al mercado laboral.
- Cohesión social y dignificación de las condiciones de trabajo: garantías personales y profesionales.
- Existe la formación y la co-formación, es decir formación entre los propios emprendedores en la que los socios más experimentados actúan a modo de “maestros” de otros aprendices más nóveles en esas lides.
- En Francia se puede compaginar la prestación por desempleo con la formación e inicio del proyecto de emprendimiento en el seno de la Cooperativa, con lo que la persona en situación de paro, lejos de desvincularse por completo del mercado de trabajo (lo que llevaría aparejado, por el mero transcurso del tiempo, una mayor dificultad para poderse reenganchar), comienza a desarrollar una actividad productiva.
- Constituye un mecanismo que, entre otras prestaciones, resulta válido para recuperar oficios en vías de extinción lo que supone otro valor añadido para esta forma social.
- Se contribuye desde el modelo cooperativo al afloramiento regular y colectivo de servicios que, de otro modo, se prestarían en un altísimo porcentaje en el marco de la economía no declarada (o comúnmente conocida como economía sumergida).
Tras un breve espacio de tiempo desde la puesta en marcha de este modelo societario, en Francia pudieron comprobar que de los emprendedores que habían sido acompañados en el seno de estas sociedades:
- 1/3 permanecía en el seno de la entidad desarrollando su actividad profesional.
- 1/3 iniciaba su aventura empresarial de manera independiente, es decir sin la cobertura de la entidad cooperativa.
- 1/3 cesaban en el desarrollo del proyecto.
Así se alcanzó el irrefutable dato de que dos de cada tres experiencias de emprendimiento realizadas bajo el paraguas de este tipo de entidades cristalizaban en empleo regularizado, estable y de calidad.
No obstante, es curioso que en Francia, hasta hace relativamente muy poco tiempo, todo este entramado social no ha tenido su previsión y regulación en forma de Ley. En España y más concretamente en Andalucía, se ha cimentado y reforzado esta estructura societaria desde un plano normativo con la consiguiente dosis de seguridad jurídica que ello lleva aparejado, pues por una vez y sin que sirva de precedente, el derecho ha ido por delante de las demandas sociales con la regulación de las Cooperativas de Impulso Empresarial, siendo SMartIB la primera Cooperativa bajo esta forma tipológica en ver la luz, que en poco más de tres años de vida ha conseguido incorporar a más de dos mil quinientas personas en su base social.
La actividad típica de las cooperativas de impulso empresarial en consonancia con las directrices identitarias de las cooperativas de actividad y empleo, puede abarcar alguna o ambas de las siguientes líneas de actuación:
- Por un lado pueden actuar como herramientas para canalizar y testear la actividad emprendedora de sus socios, a los que se les brinda tutorización y seguimiento de su proyecto, pudiendo resultar, en consecuencia, perfectos aliados estratégicos dentro de las políticas públicas activas de empleo.
- Y por otro, ofertan un marco estructural ideal con servicios mutualizados para desarrollar una actividad profesional.
De las ramas de actividad indicadas como propias de las cooperativas de impulso empresarial, SMartIb, a día de hoy, básicamente está desarrollando la segunda, pues no en vano nació para actuar a modo de estructura paraguas, conciliando iniciativas individuales con un enfoque colectivo, cooperativo y mutualista, posibilitando la difusión de una cultura del emprendimiento basada en la sostenibilidad integral, la seguridad y la productividad, y mejorando las condiciones laborales de sus socios, primordialmente del colectivo artístico, creativo y cultural. No obstante, más pronto que tarde y una vez consolidada esta línea basada en la cobertura estructural, pretende acometer con contundencia el desarrollo de la primera de dichas vertientes o líneas sociales de actuación, para ofertar así a sus socios un escenario integral que coadyuve al perfecto desarrollo de su proyecto profesional, aunque este se encuentre en un momento germinal o de plena gestación.
Gabriel Sánchez es licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla en la especialidad de Derecho Público. Ha completado el Máster en Gestión y Dirección de Empresas, de la Confederación de Entidades para la Economía Social de Andalucía, y el Máster de Experto en Administración Pública por la Universidad de Sevilla. Es experto en Economía Social y en aspectos jurídicos del área societaria. Ha formado parte de la comisión elaboradora de la nueva Ley de Cooperativas Andaluzas y actualmente es miembro del Consejo Rector de SMartIb, para la que trabaja en Sevilla como coordinador integral de proyectos, en el marco de la nueva figura societaria de Cooperativas de Impulso Empresarial.